Articulo http://arquituc.com.ar/index.html InfoArq Mon, 06 Dec 2021 00:44:16 +0000 es-ES hourly 1 SitePad EL PERITO ARQUITECTO http://arquituc.com.ar/blog/el-perito-arquitecto.html http://arquituc.com.ar/blog/el-perito-arquitecto/#respond Sat, 30 Nov 2019 23:49:29 +0000 http://arquituc.com.ar/blog/el-perito-arquitecto.html

PERICIA

“Capacidad o habilidad que presenta alguien para desarrollar una tarea o resolver un conflicto”

PERITO

“Individuo que se presenta hábil y entendido en un tema o materia se lo conoce popularmente como perito.”

“Es común que en la resolución de conflictos, problemas, en diversos ámbitos, tales como el derecho, por citar alguno, se convoque a un perito para que precisamente eche luz sobre un tema específico.

 

 

PERITO ARQUITECTO

Referencia: “ Desde el 11 de mayo de 2006 y hasta la modificación de la Resolución Ministerial Nº 498, que establecía las actividades reservadas al título de arquitecto; en el ANEXO V – ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS AL TITULO DE ARQUITECTO, el ítem 19 decía lo siguiente: Realizar arbitrajes, peritajes tasaciones, y valuaciones relacionadas con el ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat con los problemas relativos al diseño, proyecto y ejecución de obras de arquitectura.”

“ A partir del 15 de mayo de 2018 la Resolución 1254/2018 establece que las ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADAS AL TÍTULO DE ARQUITECTO serán las siguientes:

1. Diseñar, calcular y proyectar estructuras, edificios, conjuntos de edificios y los espacios que ellos conforman, con su equipamiento e infraestructura, y otras obras destinadas al hábitat humano, en lo concerniente al ámbito de su competencia.

2. Dirigir y controlar su construcción, recuperación, renovación, rehabilitación, refuncionalización y demolición.

3. Certificar el funcionamiento y/o condición de uso o estado de lo mencionado anteriormente.

4. Proyectar, dirigir y evaluar lo referido a la higiene y seguridad en lo concerniente a su actividad profesional. PERITO ARQUITECTO Entendiendo que las actividades profesionales para las que habilitan los títulos con reconocimiento oficial son fijadas por las instituciones universitarias en ejercicio de su autonomía académica e institucional (Art. 29° y Art. 42° de la LES), “el alcance del Título de Arquitecto otorgado por la FAU – UNT, faculta a sus egresados a realizar Pericias, Arbitrajes, tasaciones, etc. a pesar de que no figuren dentro de las Actividades Profesionales Reservadas al Título de Arquitecto según lo expresa la Resolución 1254/2018 del Ministerio de Educación de la Nación ANEXO XXII”

“El perito Arquitecto puede entonces realizar informes, estudios y dictámenes periciales, trabajando en asuntos de muy diversa índole”

“El encargo puede ser una consulta, en la cual el profesional Arquitecto emite un dictamen acerca de una determinada cuestión, recurriendo a conocimientos generales de la profesión; o puede el encargo ser un estudio, el cual exigirá un análisis y profundización del asunto antes de ofrecer un dictamen.” PERITO ARQUITECTO “El desempeño como perito puede ser dentro el ámbito de la justicia o fuera de esta, ya sea como perito de parte o perito judicial.”

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